Es la modalidad, a través de la cual INFIVALLE otorga préstamos con plazo igual o inferior a un año. El monto se establece de acuerdo a la capacidad de endeudamiento, de pago y la garantía ofrecida, sin sobrepasar los límites establecidos en el Manual de Servicios Financieros y en las leyes vigentes.

CRÉDITO DE TESORERÍA

Es un crédito que se otorga para libre destinación para requerimientos de liquidez o gastos de operación, facilitando el cumplimiento de los fines estatales y garantizando la regularidad de los pagos en las entidades clientes. Su garantía y fuente de pago debe ser una renta propia, admisible, sólida y susceptible de ser pignorada en la fuente.
Los créditos de tesorería desembolsados a las entidades territoriales deben ser pagados dentro de la vigencia fiscal, con excepción de los aprobados bajo el marco normativo del Decreto 678 de 2020.

SOBREGIRO

Es un préstamo rotatorio con excelentes condiciones financieras de tasa, que se concede a un cliente que mantiene de manera habitual depósitos en INFIVALLE y que en un momento dado requiera solucionar problemas transitorios de iliquidez.

El plazo para la cancelación de los sobregiros es hasta de 90 días y en todo caso, por ser de tipo tesorería,  las entidades territoriales deben cancelarlo dentro de la vigencia fiscal.

CRÉDITO TRANSITORIO O PUENTE

Es una modalidad de crédito utilizada por las entidades clientes mientras los establecimientos crediticios o INFIVALLE le desembolsan los recursos de fomento o inversión que haya solicitado a largo plazo, existiendo una oferta en firme del negocio.

Se concede con un plazo no mayor a un (1) año y debe ser cubierto cuando se reciban los recursos del desembolso en mención.

DESCUENTO DE TÍTULOS VALORES Y ACTAS

A través de esta modalidad de corto plazo INFIVALLE concede un crédito a una entidad cliente, descontando anticipadamente los intereses hasta por un 10% por el servicio de la deuda, y como contraprestación ésta le transfiere un título valor o acta a cargo de un tercero, que habilita a INFIVALLE para recuperar directamente la suma entregada. Los títulos valores admisibles de negociar son: Facturas, Pagarés y Actas de Liquidación Final de contratos.

El plazo de los descuentos de títulos valores o actas es de 180 días máximo, sin exceder la vigencia fiscal, ni la fecha efectiva (vencimiento o pago) del título valor o acta.

Ver Requisitos para Créditos de Tesorería

  • Formato de solicitud de servicios financieros diligenciado.
  • Solicitud de crédito presentada por el Alcalde o Gobernador o el representante legal, según el caso, donde se indique la cuantía, la destinación del crédito, la(s) garantía(s) y fuente de pago ofrecida como respaldo de la deuda.
  • Acto administrativo y/o documento legal vigente que autorice el endeudamiento y el otorgamiento de las garantías.
  • Estatutos para el caso de Entes No Territoriales.
  • Certificado de constitución y representación legal con vigencia no mayor a treinta (30) días calendario, expedido por la Cámara de Comercio del domicilio de la entidad, siempre que sea necesario.
  • Composición del patrimonio de la entidad y del socio persona jurídica que supere el 20% de dicha composición.
  • Copia del Acta de posesión y documento de identificación del representante legal.
  • Certificación de la libertad de la renta a pignorar y proyección de la misma durante la vigencia del crédito, expedida por el funcionario responsable. Cuando se trate de garantía hipotecaria se requiere el certificado de tradición del inmueble con vigencia no mayor a treinta (30) días calendario y avalúo comercial corporativo del bien a hipotecar.
  • Estado de la deuda pública certificado por el Secretario de Hacienda o quien haga sus veces, indicando como mínimo para cada crédito: a) entidad que otorga el crédito, b) destinación, c) rentas pignoradas y porcentaje de pignoración, d) interés pactado, e) forma de pago, f) saldo de la deuda a la fecha, g) proyección del servicio anual hasta su vencimiento, discriminando para cada vigencia el valor del capital, de los intereses y del saldo del crédito al final de la vigencia.   
  • Ejecución presupuestal de ingresos y egresos de los tres últimos años, de la vigencia actual correspondiente al último trimestre rendido a la Contaduría General de la Nación antes de la solicitud.
  • Estados financieros básicos acompañados de las notas contables de los tres (3) últimos años para entidades territoriales y descentralizadas y los del último trimestre rendido ante la autoridad competente, antes de la solicitud.
  • Calificación de riesgo crediticio para entidades descentralizadas.
  • Autorización para consulta en Centrales de Riesgo.
  • Los demás requisitos que establezca la Ley o el Manual.

Requisitos adicionales para personas de Derecho Privado

  • Estados financieros de los últimos tres (3) años, balance general con notas, estado de resultados y flujo de caja proyectado y ejecutado. Documentos debidamente firmados por el Revisor Fiscal y/o contador público según el caso.
  • Declaración de renta o declaración de ingresos y patrimonio de los últimos tres (3) años.

Requisitos Conocimiento del Cliente

  • Certificación por parte del cliente de las contingencias o sentencias judiciales que puedan afectar el cumplimiento del servicio de la deuda 

Requisitos para Créditos de Sobregiro

Para visualizar los archivos requiere Adobe Reader en su computador o dispositivo móvil.

  1. Formato de solicitud de servicios financieros
  2. Carta de solicitud
  3. Estado de la deuda pública que contenga como mínimo: Entidad prestamista, Tasa , plazo, fecha inicio, valor inicial, saldo capital, proyección del servicio de la deuda discriminado capital e interés por cada vigencia (Si no tiene deudas debe certificarlo).
  4. Certificado de libertad y proyección de la garantía y fuente de pago durante la vigencia del crédito (Generalmente rentas susceptibles de pignoración en la fuente).
  5. Acta de posesión del Alcalde y fotocopia de la cedula de ciudadanía
  6. Ejecución presupuestal de ingresos y egresos  de los últimos tres años y del último trimestre rendido.
  7. Estados financieros con notas contables tres ultima vigencias y el último rendido de la vigencia actual.
  8. Certificado de la categoría del Municipio
  9. Autorización para consulta en centrales de riesgo
  10. Certificación de contingencias o sentencias judiciales y su probabilidad de perdida
  1. Formato de solicitud de servicios financieros
  2. Carta de solicitud (Indique monto, plazo, garantía y fuente de pago, destinación)
  3. Estado de la deuda pública a la fecha que contenga como mínimo: Entidad prestamista, Tasa , plazo, fecha inicio, valor inicial, saldo capital, proyección del servicio de la deuda discriminado capital e interés por cada vigencia. (Si no posee deudas debe certificarlo)
  4. Certificado de libertad y proyección de la garantía y fuente de pago durante la vigencia del crédito (Generalmente rentas que sean susceptibles de pignoración en la fuente).
  5. Acta de posesión del Gerente y fotocopia de la cedula de ciudadanía
  6. Acto administrativo que autoriza el endeudamiento.
  7. Estatutos vigentes
  8. Certificado de existencia y representación legal.
  9. Ejecución presupuestal de ingresos y egresos  de los últimos tres años y del último trimestre rendido.
  10. Estados financieros con notas contables tres ultima vigencias y el último rendido de la vigencia actual.
  11. Autorización para consulta en centrales de riesgo
  12. Certificación de contingencias o sentencias judiciales y su probabilidad de perdida

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