Estimado ciudadano:
En Infivalle ha destinado este botón de transparencia para facilitar el acceso a la información de interés público que genera la Entidad.
Lo invitamos a conocer su contenido.
- 1.1. Mecanismos y Medios de atención al ciudadano
- 1.1.1. Link al formulario electrónico de solicitudes, peticiones, quejas, reclamos y denuncias
- 1.1.2. Localización física, sucursales o regionales, horarios y días de atención al público
- 1.1.3. Correo electrónico para notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@infivalle.gov.co
- Si realiza envíos a este correo, por favor evite enviar el documento físico. (Art. 197 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo)
- AVISO IMPORTANTE:
- Esta dirección de correo electrónico es DE USO ÚNICO Y EXCLUSIVO PARA LAS NOTIFICACIONES JUDICIALES que se surtan en los procesos en que la entidad ostenta la calidad de demandante o demandada, en los términos establecidos en los artículos 197, 198 y 199 de la Ley 1437 de 2011.
- 1.1.4. Políticas de seguridad de la información del sitio web y protección de datos personales
- 6.1. Políticas y lineamientos sectoriales e institucionales
- 6.2. Normatividad (Manuales)
- 6.3. Planes Institucionales
- 6.4. Plan de Acción
- 6.5. Participación en la formulación de políticas
- 6.6. Informes de Empalme
- 7.1. Informes de Gestión, Evaluación y Auditoría
- 7.1.1. Informe de rendición de la cuenta fiscal a la Contraloría General de la República o a los organismos de control territorial, según corresponda
- 7.1.2. Informe de rendición de cuentas a los ciudadanos, incluyendo la respuesta a las solicitudes realizadas por los ciudadanos, antes y durante el ejercicio de rendición
- 7.1.3. Informes a organismos de inspección, vigilancia y control
- 7.2. Reportes de Control Interno
- 7.3. Plan Anticorrupción de Atención al Ciudadano
- 7.4. Planes de Mejoramiento
- 7.5. Entes de control y mecanismos de supervisión
- 7.5.1. Mecanismos internos y externos de supervisión, notificación y vigilancia
- 7.6. Defensa Judicial
- 10.1. Registro de Activos de Información
- 10.2. Índice de Información Clasificada y Reservada
- 10.3. Esquema de Publicación de Información
- 10.4. Programa de Gestión Documental
- 10.5. Tablas de Retención Documental
- 10.6. Registro de publicaciones
- 10.7. Costos de reproducción
- 10.8. Mecanismos para presentar quejas y reclamos en relación con omisiones o acciones del sujeto obligado
- 10.9. Informe de Peticiones, quejas, reclamos, denuncias y solicitudes de acceso a la información
- 11.1. Medios de seguimiento para la consulta del estado de las solicitudes de información pública.
- Para la consulta del estado de las solicitudes de información pública realizadas en la entidad, diríjase a la sección de PQRSD e ingrese el código de la solicitud realizada.
- 12.1. Accesibilidad en medios electrónicos para la población en situación de discapacidad
- Las personas con discapacidad auditiva pueden solicitar o realizar la comunicación por medio de la plataforma del centro de relevo.
A través de la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013, se desarrolla el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, suprimir, actualizar y rectificar todo tipo de datos personales recolectados, almacenados o que hayan sido objeto de tratamiento en bases de datos en las entidades del públicas y privadas.
La Corte Constitucional lo definió como el derecho que otorga la facultad al titular de datos personales de exigir de las administradoras de esos datos el acceso, inclusión, exclusión, corrección, adición, actualización y certificación de los datos, así como la limitación en las posibilidades de su divulgación, publicación o cesión, de conformidad con los principios que regulan el proceso de administración de datos personales. Asimismo, ha señalado que este derecho tiene una naturaleza autónoma que lo diferencia de otras garantías con las que está en permanente relación, como los derechos a la intimidad y a la información.
En atención a la mencionada Ley se estableció el Registro Nacional de Bases de Datos – RNBD, el cual es un directorio público de las bases de datos con información personal sujetas a tratamiento que operan en el país, acorde con lo establecido en la Ley 1581 de 2012.
- 13.1. Registro Nacional de Base de Datos (RNBD) ante la Superintendencia de Industria y Comercio
- 13.2. Cumplimiento de principios y obligaciones del régimen general de protección de datos personales